De acuerdo a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), el castigo corporal y humillante contra la niñez, es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve, por su parte, el castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio.
El castigo corporal y humillante contra niñas, niños y adolescentes, es una manera de crianza arraigada en nuestro país, aunque no hay cifras exactas sobre el castigo corporal y humillante contra niñas, niños y adolescentes en México, se puede comenzar a visibilizar la problemática. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), del 2015 al corte de abril 2022 ha reportado 85,952 lesiones contra niñas, niños y adolescentes con arma de fuego, arma blanca u otro objeto o elemento, por otra parte, en nuestro Informe Nacional sobre la Violencia infantil en México, identificamos que, el 27% de las personas encuestadas consideran que, GRITAR, no es una forma de violencia infantil en México.
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El día 11 de enero 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma a diversos artículos en la LGDNNA y el Código Civil Federal (CCF) que prohíbe explícitamente el castigo corporal y humillante como método correctivo y disciplinario en todos los ámbitos. Esta trascendental reforma tiene cambios importantes, que a continuación explicamos:
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Con corte al año 2021, hemos identificado que nivel Estatal, en ninguna de sus leyes, se define que es el castigo corporal y humillante, tampoco se considera el derecho de niñas, niños y adolescentes a la orientación, educación, cuidado y crianza, al contrario, en algunas leyes, se señala todavía, el derecho e incluso la obligación de las personas adultas al cuidado de niñas, niños y adolescentes a corregir y educar evitando maltrato o algún tipo de violencia infantil en México.
Por otro lado, hay leyes de los Estados que no son claras respecto a la prohibición del castigo corporal y humillante, porque mientras en las Leyes de Derechos de Niñez se señala la prohibición de manera tácita en los Códigos Familiares o Civiles, se menciona “evitar o abstenerse del uso del castigo corporal y humillante contra niñas, niños y adolescentes”.
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En World Vision México nos encontramos impulsando cambios en las leyes en el Estado de México, San Luis Potosí, Durango, Michoacán y Veracruz, sin embargo, es necesario la activación de los demás Congresos.
Sabemos que erradicar esta práctica requiere de cambios culturales de toda la sociedad incluidos tomadores de decisión, así como, modelos y herramientas de crianza basados en respeto, por ello, también, impulsamos nuestra metodología “crianza con ternura”, es un enfoque de desarrollo humano y social de la niñez, que busca sustituir la crianza que controla y domina a niñas, niños y adolescentes a través del miedo y del dolor, por una crianza fundamentada en el amor.
Romper con la violencia infantil en México, requiere, transformar las estructuras que perpetúan la crianza patriarcal, que controla y domina a niñas, niños, adolescentes y jóvenes a través del miedo y del dolor, es necesario que como sociedad construyamos relaciones respetuosas que afirmen la dignidad y la vida de la otra persona.
#MéxicoXLaNiñez